ESTUDIO TÉCNICO JUSTIFICATIVO (ETJ)     
 

 

El estudio técnico justificativo aplica a aquellas obras que se pretendan instalar en terrenos naturales. Este estudio se puede presentar dentro de la MIA VR, o por separado siguiendo el formato establecido por:

Artículos 58 y 117, LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE

Cuando se pretenda realizar la remoción total o parcial de la vegetación de los terrenos forestales para destinarlos a actividades no forestales. La Secretaría sólo podrá autorizar el cambio de uso de suelo en terrenos forestales, por excepción, previa opinión del Consejo Regional de que se trate y con base en los Estudios Técnicos que demuestren que no se compromete la biodiversidad, ni se provocará la erosión de los suelos, el deterioro de la calidad del agua o la disminución en su captación; y que los usos alternativos del suelo que se propongan sean más productivos a largo plazo.

Plazo de respuesta 70 días hábiles Este plazo aplica cuando a la solicitud se acompañe la manifestación de impacto ambiental, bajo el siguiente procedimiento: 10 días para integrar el expediente, dentro del cual se podrá requerir al interesado la información o documentación faltante; 3 días hábiles, contados a partir de la integración para notificar al interesado la realización de una visita al predio objeto de la solicitud; 7 días hábiles, contados a partir de la notificación, para realizar la visita, y 50 días hábiles, contados a partir de que concluyan los plazos señalados en los incisos anteriores, para resolver con independencia de que se haya realizado la visita y se cuente o no con la opinión del consejo regional respectivo. Cuando la solicitud se acompañe de la resolución de la manifestación de impacto ambiental el plazo será de 30 días hábiles, bajo el siguiente procedimiento: 10 días para integrar el expediente, dentro del cual se podrá requerir al interesado la información o documentación faltante; 3 días hábiles, contados a partir de la integración para notificar al interesado la realización de una visita al predio objeto de la solicitud; 7 días hábiles, contados a partir de la notificación, para realizar la visita, y 10 días hábiles, para emitir la resolución una vez concluidos los plazos señalados en los párrafos anteriores.

 

Hyades #744, Fracc. La Estrella; Tel. (844) 418-1675
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